Perú sanciona a Mercaéreo por no firmar el contrato por repuestos para aviones KT-1P
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Perú sanciona a Mercaéreo por no firmar el contrato por repuestos para aviones KT-1P

La empresa, a la que se le había adjudicado el contrato, fue suspendida como proveedor de las FFAA por no suscribir el acuerdo
Aviones KT-1P despegando en bloque desde la base aérea Las Palmas, en Lima. Foto: Fuerza Aérea del Perú.
Aviones de entrenamiento KT-1P. Foto: Fuerza Aérea del Perú
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La Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas (Acffaa) ha suspendido como proveedor a la empresa Mercaéreo por no haber suscrito el correspondiente contrato de compra-venta tras su selección para suministrar repuestos para los aviones de entrenamiento básico KT-1P de la Fuerza Aérea del Perú.

El Servicio de Abastecimiento Técnico de la Fuerza Aérea del Perú informó que cumplido el plazo para la suscripción del acuerdo en línea con el Manual de Contrataciones en el Mercado Extranjero Versión 06, Mercaéreo no cumplió con sus obligaciones para la suscripción de contrato, quedando sin efecto la adjudicación otorgada a la empresa en el proceso de de selección RES N° 009-2022-DPC/ACFFAA organizado para la adquisición de repuestos aeronáuticos para los aviones KT-1P.

Solicitud de sanción

Por su parte, la Dirección General de Logística de la FAP remitió un oficio de fecha 20 de diciembre de 2022 a la agencia de compras en el que le solicitó se inicie el proceso de observación (sanción) a Mercaéreo Inc. por no haber cumplido con la firma del contrato indicado. La Acffaa inició el proceso sancionador mediante la Carta N° 000001-2023-SG-ACFFAA de fecha 06 de enero de 2023, en la que le solicita a la empresa realizar sus descargos. La empresa contesta seis días después, dentro de plazo.

Evalacuación del caso

Al evaluar el caso, la Dirección de Ejecución de Contratos de la Acffaa concluye que Mercaéreo ha incurrido en falta suficiente para ser sancionada al no haber entregado la documentación obligatoria para la suscripción de contrato y de hecho, por no haberlo suscrito.

El manual de contrataciones en el mercado extranjero señala que el plazo para la suscripción de contrato es de 18 días hábiles tras el consentimiento de la buena pro o luego que la adjudicación ha quedado firme en la vía administrativa. La entidad compradora tiene cinco días hábiles para firmar contrato tras haber recibido los documentos exigidos para tal fin, pudiendo otorgarle al postor seleccionado un plazo adicional de cinco días hábiles para subsanar algún detalle pendiente. Una vez subsanadas las observaciones, se debe suscribir el contrato como máximo en cinco días hábiles.

Mercaéreo participó en el sondeo de mercado realizado el 29 de abril del año pasado y luego, el 19 de septiembre se le invitó al proceso de selección. Una diferencia de cuatro meses que la Acffa considera tiempo suficiente para confirmar el precio obtenido en la cotización original. De acuerdo a la Acffa, el precio es el factor principal para que la empresa no haya firmado el contrato. Mercaéreo alega motivos económicos para no firmar el documento de compra-venta.

La propuesta de la Dirección de Ejecución de Contratos para suspender por ocho meses al proveedor fue confirmada mediante la Resolución Directoral N° 001-2023-ACFFAA-DEC de fecha 25 de enero del 2023.



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